La Real Federación Española de Golf (RFEG), la PGA de España, la Asociación Española de Campos de Golf (AECG) y la Asociación Española de Gerentes de Golf (AEGG) han emitido un comunicado conjunto con el objetivo de recordar el marco legal vigente en relación con las titulaciones habilitantes para la enseñanza del golf en España.
El documento busca ofrecer claridad a clubes, instalaciones, profesionales y federados sobre las cualificaciones que permiten ejercer labores docentes dentro de las instalaciones federadas de nuestro país, en un contexto marcado por el actual Periodo Transitorio de adaptación regulatoria de las enseñanzas deportivas.
Las entidades firmantes recuerdan que las formaciones oficiales promovidas conjuntamente por el Consejo Superior de Deportes y la Real Federación Española de Golf constituyen la vía oficial para la enseñanza del golf y del Pitch & Putt en España.
Dentro de estas enseñanzas se incluyen los títulos de:
Técnico Deportivo en Golf y Pitch & Putt (TD1 y TD2).
Técnico Deportivo Superior en Golf (TD3).
Asimismo, se señala que las antiguas titulaciones federativas de Monitor, Asistente de Maestro y Maestro han sido objeto de distintos procesos de homologación e integración en el sistema oficial a través de las correspondientes resoluciones publicadas por el Consejo Superior de Deportes.
El comunicado también contempla la situación de los titulados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CCAFYDE/INEF), cuya participación en la iniciación al golf queda sujeta a la normativa específica de cada comunidad autónoma y a la supervisión de personal docente con titulación oficial habilitante.
Del mismo modo, se reconoce la validez de determinadas titulaciones profesionales extranjeras de máximo nivel pertenecientes a organizaciones PGA reconocidas, siempre que puedan ser homologadas conforme a los criterios establecidos por la PGA de España y la Real Federación Española de Golf.
Las entidades firmantes recuerdan igualmente que las certificaciones privadas o internacionales que no cuenten con homologación oficial por parte del Consejo Superior de Deportes, así como la condición de jugador profesional por sí sola, no habilitan legalmente para ejercer labores de enseñanza del golf en instalaciones federadas españolas.
Desde la Federación Aragonesa de Golf compartimos esta información por su interés para clubes, instalaciones deportivas, profesionales de la enseñanza y federados, contribuyendo así a una mejor comprensión de la normativa actualmente vigente en materia de formación y docencia del golf en España.